Me han hecho la prueba de alcoholemia y me han citado a un juicio rápido, tengo un juicio penal  ¿Qué me va a pasar?

En este artículo, vamos a tratar de explicar la repercusión judicial de conducir bajo la influencia de bebida alcohólicas, es decir, las consecuencias de dar positivo en un control de alcoholemia, con la consiguiente citación a un juicio rápido penal por alcoholemia.

Primero de todo, queremos resaltar que para que el positivo sea punible en vía penal, es decir, que te citen a juicio, debe ser superior a 0,60 miligramos por litro en aire, o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, o siendo inferior a dicha tasa, se hayan causado daños materiales y/o daños personales, ya que se debe tener en cuenta, que aún dando una tasa inferior a los 0,60, si existen daños, también vas a tener un juicio penal.

Por lo tanto, si has sido parado en un control de alcoholemia, o has tenido un accidente y tras la realización de la pertinente prueba, has dado positivo por alcoholemia, con los parámetros indicados anteriormente, serás citado a un juicio rápido por alcoholemia y te enfrentarás a una retirada de carnet por alcoholemia, una multa o trabajos en beneficio de la comunidad.

La pena a imponer en este tipo de juicios, viene determinada en el capítulo IV, delitos contra  seguridad vial, en concreto en el artículo 379 del Código Penal, que indica textualmente

  1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
  2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

Por lo tanto, en el juicio rápido por alcoholemia, la pena a imponer se divide en dos partes:

1.- Retirada del Carnet de conducir.

2.- Condena de prisión o multa o trabajos en beneficio de la comunidad.

Es decir, la retirada de carnet es automática, no existe la posibilidad de librarse de ella, y luego te podrán imponer además pena de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, una de esas tres, y si se reconocen los hechos, en sede judicial, es el acusado quien decide cuál de ellas, siempre con el asesoramiento de su abogado, ya que la presencia del abogado en los juicios rápidos por alcoholemia es obligatoria.

Cabe resaltar, que si se reconocen los hechos, no solo conlleva la elección de la pena, sino la rebaja de un tercio de la misma, toda vez que, estamos ante un procedimiento penal especial, como es el juicio rápido y que conlleva que si se reconoce los hechos en sede judicial, te puedes beneficiar de esa rebaja en la pena.

Por lo tanto, teniendo en cuenta las penas mínimas que se estipulan en el código penal para los conductores que hayan dado positivo por alcoholemia, podemos indicar el resultado de aplicar dicha reducción.

Hay que tener en cuenta que las penas que se indicarán a continuación, se aplicarán a los conductores que carezcan de antecedentes penales por alcoholemia, ya sea, o por ser la primera vez que tienen juicio, o porque haya transcurrido más de dos años desde el cumplimiento de pena a la que fueron condenados en anterior juicio por alcoholemia, es decir, que los antecedentes penales ya no sean computables, ya no se tienen en cuenta.

 

 

Pena inicial

 

 Pena tras reducción de un tercio
 

12 meses de retirada de carnet

 

 

8 meses y un día de retirada de carnet

 

3 meses de prisión

 

 

2 meses de prisión

 

 

6 meses de multa

 

 

4 meses de multa

 

 

31 día de trabajos en beneficio de la comunidad

 

 

21 día de trabajos en beneficio de la comunidad

 

 

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